miércoles, 26 de mayo de 2010

ASPECTOS LEGALES DEL TABACO

1.-Principales modificaciones de la ley del tabaco

No se puede fumar en:

Espacios interiores y abiertos de colegios y jardines infantiles.
Donde se expenda combustibles.
Medios de transporte público.
Aeropuertos y terminales de buses.
Espacios interiores de Universidades.
Oficinas individuales sin ventilación hacia el exterior.
Interior de establecimientos de Salud.
Teatros y cines.
Interior de gimnasios y recintos deportivos.
Interior de centros de atención de público.
Supermercados y Malls.
Ascensores.

2.- En restaurantes:

Los que tiene hasta cien metros cuadrados se podrán declarar “exclusivos para no fumadores” o “para fumadores”; en este último no pueden admitir a menores de 18 años. Los establecimientos con más de 100 metros cuadrados, deben separar los ambientes con sistemas de aislamiento
total, y no menos del 60% del espacio total se debe destinar a áreas de No-Fumadores. El dueño o administrador puede conminar a irse a quien transgreda la norma y en caso necesario puede también recurrir a la fuerza pública.

3.- Además, se prohibe:

La venta a menos de 100 metros de Establecimientos educacionales.
La venta a menores de 18 años.
Vender menos de 10 cigarrillos.
Ofrecer compensación o ligar a concurso las palabras light, suave, ligero o bajo en alquitrán.
La publicidad fuera de los locales de expendio y a menos de 300 metros de establecimientos educacionales.

4.- Las modificaciones de la ley del tabaco tiene como objetivo:

Proteger a los no fumadores en los distintos ambientes y especialmente en su lugar de trabajo.
Favorecer que los niños crezcan en ambientes sin estímulos para fumar.
Favorecer que los fumadores disminuyan su hábito.
Cambiar el paradigma de que fumar es una característica positiva.


Cortesía: Mutual de Seguridad C. Ch. C

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